RE: Otras AYUDAS además de la LEY DE DEPENDENCIA
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Pepi :). Publicado el día 30/09/2009
... pues, así como ayudas económicas, conozco los de la Pensión No Contributiva, para los que no han cotizado en la Seguridad Social. Y eso, que se está poniendo de moda sobre la hipoteca inversa. Y claro, los viajes del imserso!!!
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RE: Otras AYUDAS además de la LEY DE DEPENDENCIA
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marta jimenez ramos. Publicado el día 28/10/2009
Te comento algunas de las ayudas existentes por las que preguntabas.
Algunas de las ayudas sociales que el Gobierno de España, las Comunidades Autónomas y las corporaciones locales ofrecen a las familias españolas tal y como establece la distribución competencial del Estado en esta materia.
FAMILIAS E INFANCIA
En el caso de las competencias del Gobierno de España, las ayudas a las familias se tramitan a través de diferentes organismos, como la Seguridad Social o la Agencia Tributaria.
Algunas de las principales ayudas a las familias que conceden las diferentes administraciones en España son las siguientes:
• Prestaciones familiares por hijos a cargo.
• Ayudas para familias con personas en situación de dependencia.
• Ayudas sociales a familias numerosas.
• Prestaciones sociales básicas del sistema público de servicios sociales a las familias.
• Servicios para la educación y el cuidado de hijos menores de tres años.
• Programa de apoyo a familias en situaciones especiales.
Para conocer en detalle el conjunto de ayudas a las familias a las que puede tener acceso es conveniente dirigirse a los órganos competentes de su Comunidad Autónoma.
El Ministerio de Educación, Política Social y Deporte desarrolla una serie de programas y proyectos con las Comunidades Autónomas en materia de Infancia y Familias:
• Conciliación entre la vida familiar y laboral con la Infancia. Con el fin de incrementar y mejorar la calidad de la oferta de servicios de atención a la primera infancia (0-3 años), así como de facilitar el cumplimiento de la normativa vigente a los ya existentes, se financiarán programas que supongan el establecimiento de servicios nuevos o el mantenimiento de los ya financiados con cargo a este mismo programa o la adecuación de los existentes a los requisitos exigidos por la normativa vigente.
• Apoyo a familias en situaciones especiales. Con el fin de apoyar y prestar atención a familias que se encuentran en situaciones especiales, así como prevenir que éstas puedan degenerar en exclusión social o desintegración familiar, se financiarán programas de educación familiar, atención a familias desfavorecidas, monoparentales, servicios de orientación y/o mediación familiar, puntos de encuentro familiar y programas de atención a familias en cuyo seno se produce violencia familiar, complementarios todos ellos a los que estén desarrollando por los servicios sociales.
• Programas de Ejecución de medidas en medio abierto para menores Infractores y de capacitación de profesionales. Con el fin de facilitar la ejecución en las Comunidades Autónomas de las medidas dictadas por los jueces de menores, el Ministerio de Educación Política Social y Deporte financia programas para la ejecución de medidas de medio abierto y la capacitación de los profesionales de las Comunidades Autónomas que intervienen en la aplicación de programas con menores infractores.
• Programas para la protección contra el maltrato infantil. Con el fin de mejorar y garantizar en todo el territorio nacional servicios básicos de atención a la infancia en situación de maltrato, el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte financia programas de las Comunidades Autónomas destinados a la protección contra el maltrato infantil (Detección de posibles casos de maltrato infantil, favoreciendo la notificación, en los ámbitos: Policial, Sanitario, Educativo, Servicios Sociales, Registro de los casos de maltrato infantil y Atención y tratamiento a los menores afectados por el maltrato infantil).
SERVICIOS SOCIALES DE ATENCION PRIMARIA
Los servicios sociales de atención primaria constituyen el primer nivel de atención de las necesidades sociales básicas de los ciudadanos, están ubicados en todos los municipios españoles y se dirigen a la población en su conjunto.
Las prestaciones que llevan a cabo estos servicios son las siguientes:
• Información y orientación.
• Apoyo a la unidad convivencial y Ayuda a domicilio.
• Prevención e Inserción social.
• Alojamiento alternativo.
• Fomento a la solidaridad: cooperación social.
Cuentan con un importante instrumento financiero y de coordinación entre administraciones como es el denominado Plan concertado, a través del cual las administraciones estatal, autonómica y local, se comprometen a aportar los recursos económicos necesarios para el desarrollo de las prestaciones básicas.
Por su parte, el Sistema de Información de Usuarios de los Servicios Sociales (SIUSS), se configura como una herramienta informática común del sistema, que no sólo actúa como soporte documental para la recogida de los datos básicos de los usuarios de los servicios, sino que también para lleva a cabo un seguimiento de las intervenciones y proporciona un mayor conocimiento del perfil de dichos usuarios.
Por último, el Plan de formación de los profesionales de los servicios sociales de atención primaria es otro de los instrumentos en ámbito de la cooperación técnica, que posibilita el reciclaje y la formación permanente del personal que presta servicios tanto en las comunidades autónomas como en las corporaciones locales.
PERSONAS MAYORES
Pensión no contributiva
La pensión no contributiva de Jubilación asegura a todos los ciudadanos en situación de jubilación y en estado de necesidad una prestación económica, asistencia médico-farmacéutica gratuita y servicios sociales complementarios, aunque no se haya cotizado o se haya hecho de forma insuficiente para tener derecho a una pensión contributiva.
La gestión y reconocimiento del derecho a percibir una pensión no contributiva de jubilación se realiza por las Comunidades Autónomas con competencia en la gestión y por el IMSERSO en Ceuta y Melilla.
Subvenciones para residentes en Ceuta y Melilla
Dirigidas a personas mayores con residencia en las ciudades de Ceuta y Melilla y a entidades y organizaciones no gubernamentales con ámbito de actuación circunscrito a dicho territorio, que realicen actividades y programas a favor del colectivo de personas mayores.
El Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, a través del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO) desarrolla dos programas para facilitar el acceso de las personas mayores al ocio y a programas de salud:
Programa de vacaciones para personas mayores
El Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, a través del IMSERSO, promueve, dentro de su política de envejecimiento activo, un programa social de vacaciones destinadas a personas mayores.
Sus objetivos principales pasan por facilitar la incorporación de este colectivo a las corrientes turísticas, al tiempo que paliar las consecuencias que en materia de empleo produce el fenómeno de la estacionalidad en el sector turístico del país.
Programa de Termalismo Social
Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, a través del IMSERSO, promueve el Programa de Termalismo Social que facilita que los pensionistas que, por prescripción facultativa, necesiten acceder a los tratamientos que se prestan en los balnearios, puedan acceder a ellos a precios reducidos.
PRESTACIONES PERSONAS CON DISCAPACIDAD
El Estado a través de la Seguridad Social garantiza a las personas comprendidas en su campo de aplicación, por realizar una actividad profesional contributiva o por cumplir los requisitos exigidos en la modalidad no contributiva, la protección adecuada frente a las contingencias y en las situaciones que se contemplan en la Ley General de la Seguridad Social.
La Pensión no Contributiva de Invalidez asegura a todos los ciudadanos en situación de invalidez y en estado de necesidad una prestación económica, asistencia médico-farmacéutica gratuita y servicios sociales complementarios, aunque no se haya cotizado o se haya hecho de forma insuficiente para tener derecho a una Pensión Contributiva.
La gestión y reconocimiento del derecho a percibir una PNC de Invalidez se realiza por las Comunidades Autónomas con competencia en la gestión y por las Direcciones Territoriales del IMSERSO de Ceuta y Melilla.
El sistema especial de prestaciones establecido en la Ley de Integración Social de los Minusválidos (LISMI), desarrollado en el Real Decreto 383/1984, de 1 de febrero, establece un conjunto de prestaciones económicas y técnicas, destinadas a la protección de las personas con discapacidad que por no desarrollar actividad laboral no están comprendidas en el campo de aplicación de la Seguridad Social.
Pueden ser beneficiarios de estas prestaciones y, en concreto, del Subsidio de Movilidad y Compensación por Gastos de Transporte (SMGT) y de la Asistencia Sanitaria y Prestación Farmacéutica (ASPF) los ciudadanos españoles y nacionales de otros países, con residencia legal en España que cumplan una serie de requisitos. La gestión y reconocimiento del derecho a estas prestaciones se realiza por las Comunidades Autónomas con competencia en la gestión y por las Direcciones Territoriales del IMSERSO de Ceuta y Melilla.
La convocatoria va dirigida a personas con discapacidad residentes en Ceuta y Melilla, y a beneficiarios de centros estatales para personas con discapacidad cuya titularidad corresponde al IMSERSO, así como a las entidades y organizaciones no gubernamentales de atención de dichas personas, con ámbito de actuación circunscrito a dicho territorio, y a las instituciones públicas de las Ciudades de Ceuta y Melilla, para el desarrollo de actividades y programas de atención a dicho colectivo.
El Ministerio de Educación, Política Social y Deporte ofrece una serie de servicios para las personas con discapacidad.
• Servicio de Información sobre Discapacidad (SID)
• Catálogo estatal de servicios de discapacidad
• Centro de intermediación telefónica
• Centros de Recuperación de Minusválidos Físicos (CRMFs)
• Centros de Atención a Minusválidos Físicos (CAMFs)
• Centros de Referencia Estatal (CRE)
• Turismo y termalismo para personas con discapacidad
• Centro Español de Subtitulado y Audiodescripción (CESyA)
• Centro Español de Documentación sobre Discapacidad (CEDD)
Espero que te sean útiles, Un saludo.
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RE: Otras AYUDAS además de la LEY DE DEPENDENCIA
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GABRIEL MARINERO. Publicado el día 09/01/2010
hay muchas ayudas para funcionarios militares y personas que quieran cambiar el piso por una renta segura sin venderlo , hay residencias que aceptan una parte del pago aplazado y otras que han bajado los precios mucho por la crisis, otras que hacen descuentos especiales por ir con recomendacion y para los que no tienen mas que su pension minima hay plazas privadas disponibles donde cobran el 80% de la pension en las Hermanitas de los Ancianos Desamparados y otras por 600€/MES , en Madrid capital ahora hay plazas por 700€/mes ayudadalanciano@hotmail.com
y 902 431769
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