hermano no colabora con pago de residencia para mayores
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casagan. Publicado el día 12/07/2009
424f1a dijo:Hola a todos.
Mi duda es la siguiente. A mi suegra le dio un infarto cerebral en navidades y lleva ingresada desde entonces. Mi esposa ha solicitado una residencia parcialmente financiada por la Comunidad de Madrid,( este organmismo aun no se ha pronunciado) asi que en breve tendremos que llevar a su madre a una residencia para que la cuiden.
Mi suegra , viuda, recibe una pensión mínima, que no daría para pagar ninguna residencia. El hermano de mi mujer dice que no puede colaborar en el pago de la misma, así que recaería todo en mi esposa, en mi familia al fin y al cabo. Este hermano alega tener problemas económicos.
Existe algún tipo de legislación que ayude a obligar a esta persona a colaborar en alguna medida en el pago de la residencia? Me suena que en Cataluña hay algo, pero en Madrid no lo se.
Gracias de antemano.
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RE: hermano no colabora con pago de residencia para mayores
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Mª DOLORES MARIN CERQUEIRA. Publicado el día 13/07/2009
Querido amigo, no hay ninguna legislación que óbligue a alguién en colaborar en este tipo de cosas, es algo que se hace voluntariamente, no se tiene la obligación legal, aunque sí moral, de la persona, pero por la fuerza no se puede hacver nada. Yo os diría que hablaseis con él, de lo que os preocupa esta situación y a ver cuál sería el mejor modo de que pudiese colaborar. También teneis que pensar que a lo mejor económicamente no puede. Entonces pedirle otro tipo de ayuda, que se quede el con su madre y que la cuide con vuestro apoyo incondicional por supuesto, si el no puede ayudar económicamente, si lo puede hacer de otras muchas ,maneras. Hablar, comunicaros, no exigir, nunca si se sxigen las cosas nunca salen bien, hay que pedir ayuda con humildad, con respeto, con cariño, y nunca haciéndole ver que es que tiene la obligación legal de hacerlo, porque no la tiene, como ya he dicho antes, si moral, pero no legal. Espero haberte sido de ayuda, si necesitas mas información, no dudes en ponerte en contacto conmigo y te ayudaré en el problema que teneis que tomar, residencia si o no, centro de día si o no, alguién que la pueda cuidar, donde en que domicilio en el de él o en el vuestro. Hay personas que pueden mediar, si no sois capaces de poneros de acuerdo entre vosotros. No olvideis la Ley de Dependencia, que cuando la tengas os dá derecho a una Residencia para mayores y en el caso vuestro mas, porque es un Gran discapaciytado que son los que se están valorando ahora. Si no tneis pedida dicha Ley hacerlo, porque os puede ayudar mucho. Un abrazo. Mª Dolores Marín
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RE: hermano no colabora con pago de residencia para mayores
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Mª del Carmen Salazar Fernández. Publicado el día 27/08/2009
Estimado casagan. No quiero llevar la contraria a nadie, pero tengo entendido que en el código civil, hay un artículo en el que habla de la obligacion de los hijos hacia sus padres y especifica claramente este tema, además incluso cuando contraes matrimonio civil te leen un artículo que dice explicitamente que estás obligad@ a prestar ayuda a los ascendientes y descendientes de tu conyuge. No recuerdo muy bien qué articulos son, pero siempre puedes hacer una consulta a algún abogado, a veces un pequeño sacrificio monetario, te evita consecuencias bastante desagradables y perjudiciales posteriores. Un saludo y ánimo para lo que os espera.
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RE: hermano no colabora con pago de residencia para mayores
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Mª DOLORES MARIN CERQUEIRA. Publicado el día 27/08/2009
Mª del Carmen Salazar Fernández dijo:
Estimado casagan. No quiero llevar la contraria a nadie, pero tengo entendido que en el código civil, hay un artículo en el que habla de la obligacion de los hijos hacia sus padres y especifica claramente este tema, además incluso cuando contraes matrimonio civil te leen un artículo que dice explicitamente que estás obligad@ a prestar ayuda a los ascendientes y descendientes de tu conyuge. No recuerdo muy bien qué articulos son, pero siempre puedes hacer una consulta a algún abogado, a veces un pequeño sacrificio monetario, te evita consecuencias bastante desagradables y perjudiciales posteriores. Un saludo y ánimo para lo que os espera.
Muchas gracias Mª del Carmen, me parece muy bien el consejo que le has dado a Casagan, tiene todo el derecho a informarse, pero si te puedo decir, y yo no soy abogado, pero si un profesional de enfermería, con muchos años, cuidando a ancianos y asesorando a cuidadores, y no hay ninguna Ley que obligue a un hijo si no quiere a hacerse cargo del padre, ni a pasarle ningún dinero, ni a nada. Existe la obligación moral, pero no legal, lo que si existe es que si tu estas cuidando a tu padre o madre, no lo puedes abandonar, porque eso es maltrato por omisión. En el caso de nuestro amigo, hay una persona que lo cuida no está abandonado, y por tanto si el otro hermano no quiere no hay nada que hacer, por eso es lo que yo le comentaba, que hable con él y que les expliquen la situación, de buenas formas y maneras. También se le puede decir que lo que tenga su madre, si el dia de mañana se tiene que repartir entre los hijos, que quien lo tenga puede disponer y si tiene que vender los bienes o lo que el anciano tenga, para poder cuidarlo, la Ley le ampara, si está consciente y bien cognitivamente el anciano decidirá que hacer, sino se puede incapacitar legalmente y la cuidadora decidir, porque es el dinero de ella y es para cuidarla a ella. Un fuerte abrazo amiga mía.
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